mié · 26 de agosto de 2026 · Buenos Aires
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Ecuador intervino su Comité Olímpico, rozó la suspensión del COI y llega a Santa Fe 2026 con la mitad de la delegación/

El Estado ecuatoriano se negó durante un año a registrar al directorio electo del COE, lo intervino en junio y recibió una advertencia de exclusión del Comité Olímpico Internacional. El conflicto se destrabó recién el 31 de julio, cuando Jefferson Pérez asumió la presidencia. La cuenta la pagan los deportistas que no van a Santa Fe.

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Por Eze Juaristi
· 25 Ago 2026 · 23 min de lectura

Ecuador estará en Rosario el 12 de septiembre para la ceremonia inaugural de los Juegos Suramericanos Santa Fe 2026. Hasta hace pocas semanas, incluso esa participación estuvo en riesgo.

El 15 de junio de 2026, el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura dispuso la intervención temporal del Comité Olímpico Ecuatoriano por 180 días y designó a Noelia Carolina Caicedo como representante legal provisional.

La decisión se produjo después de meses de conflicto por la falta de inscripción del directorio elegido en mayo de 2025. El Gobierno argumentó que el COE había quedado sin un directorio legalmente registrado y, por lo tanto, sin representación legal reconocida.

La intervención se amparó en el artículo 230, literal a, de la nueva Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, publicada en febrero de 2026, que contempla la acefalía como causal para que el ente rector intervenga una organización deportiva que recibe recursos públicos.

Dos días después llegó la respuesta internacional.

El 17 de junio, James Macleod, director de Relaciones con los Comités Olímpicos Nacionales del COI, y Neven Ilic, presidente de Panam Sports, firmaron un pronunciamiento dirigido a la ministra Gilda Alcívar: no reconocían a la interventora designada por el Gobierno y advertían sobre sanciones que podían afectar la participación de Ecuador en competencias del ciclo olímpico.

El riesgo no era solamente institucional. Una eventual suspensión del COE podía comprometer la participación de los deportistas ecuatorianos bajo el sistema olímpico.

El desenlace llegó el 31 de julio. Jorge Delgado dejó la presidencia del COE y Jefferson Pérez asumió el cargo en el marco de una reconfiguración del comité ejecutivo. El domingo 17 de agosto, el COI y Panam Sports reconocieron oficialmente a la nueva conducción y confirmaron la actualización de sus registros.

La crisis inmediata terminó. El problema de fondo, no.

Marco conceptual
Autonomía del deporte vs. control estatal
Las reglas 27 y 28 de la Carta Olímpica protegen la autonomía de los Comités Olímpicos Nacionales y obligan al movimiento olímpico a preservarla. Jean-Loup Chappelet la describe como una autonomía condicional: no es un derecho absoluto, sino un equilibrio que se negocia con los Estados que financian el sistema. El caso ecuatoriano es exactamente ese punto de fricción.

El deporte que perdió un ministerio/

La intervención del COE no puede analizarse aislada de otra decisión tomada por el Gobierno de Daniel Noboa.

En agosto de 2025, el Ministerio del Deporte dejó de existir como cartera independiente y fue absorbido por el Ministerio de Educación, junto con Cultura y Patrimonio y la Senescyt. El deporte pasó a funcionar como viceministerio dentro de la nueva estructura del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura.

El cambio modificó el lugar institucional que ocupa el deporte dentro del Estado ecuatoriano.

No es solamente una cuestión de organigrama. El rango ministerial determina el nivel de representación política, la capacidad de negociación presupuestaria y la autonomía administrativa con la que un sector participa en las decisiones del Gobierno.

Y esa reducción del rango estatal ocurrió al mismo tiempo que aumentó la disputa entre el Gobierno y el Comité Olímpico.

La paradoja es evidente: Ecuador redujo la jerarquía institucional del deporte dentro del Estado mientras incrementó su intervención sobre una de las principales organizaciones deportivas del país.

Una nueva ley para cambiar las reglas del juego/

El otro gran elemento de contexto es la nueva Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación.

La Asamblea Nacional aprobó la norma el 19 de diciembre de 2025 con 84 votos a favor y 60 en contra. Después de una objeción parcial del presidente Noboa, el Pleno volvió a tratar el texto el 10 de febrero de 2026 y aprobó las modificaciones con 86 votos. La ley fue publicada en el Registro Oficial el 11 de febrero.

Es una reforma integral del sistema deportivo ecuatoriano y reemplaza el marco vigente desde 2010.

Entre sus principales cambios aparecen nuevas reglas para la dirigencia, la regulación de los pronósticos deportivos y la incorporación de las Sociedades Anónimas Deportivas.

También establece límites a la permanencia dirigencial: los períodos pasan a ser de entre dos y cuatro años, con una sola reelección inmediata y la obligación de dejar transcurrir un período antes de volver a ocupar un cargo, con las particularidades previstas por la propia normativa.

El cambio resulta especialmente relevante en un país donde la permanencia prolongada de dirigentes había sido uno de los principales puntos de conflicto.

Dimensión Hasta 2025 Desde 2026
Rectoría Ministerio del Deporte, cartera independiente desde 2007 Viceministerio del Deporte dentro del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura
Marco legal Ley del Deporte, Educación Física y Recreación de 2010 Nueva Ley Orgánica, vigente desde el 11 de febrero de 2026
Mandatos dirigenciales Períodos de uno a cuatro años con una reelección inmediata (art. 151) Períodos de dos a cuatro años, una sola reelección y un período fuera antes de volver
Clubes profesionales Corporaciones o fundaciones civiles sin fines de lucro Opción de transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas, sin acceso a fondos del ente rector
Pronósticos deportivos Sin regulación integral en la ley del deporte Regulados dentro del nuevo marco normativo
Comité Olímpico Directorio electo y registrado por la autoridad deportiva Intervenido por el Estado entre junio y agosto de 2026
Fuente: decretos ejecutivos de fusión ministerial (2025), Ley Orgánica del Deporte publicada en el Registro Oficial (11/02/2026) y Resolución SCVS-INC-DNCDN-2026-002.

Las Sociedades Anónimas Deportivas ya tienen reglamentación/

Hay un dato que conviene incorporar porque demuestra que la reforma no quedó en el papel.

El 23 de junio de 2026, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros expidió, mediante la Resolución SCVS-INC-DNCDN-2026-002, el reglamento para la transformación de clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas. El texto se publicó en el Registro Oficial al día siguiente.

La nueva figura permite que determinados clubes adopten una estructura societaria mercantil, con acciones y obligaciones específicas de transparencia y control. El reglamento establece además que la sociedad anónima deportiva es la continuadora jurídica del club transformado: hereda sus derechos, obligaciones, contratos y reconocimientos deportivos.

Pero también introduce una limitación importante: por su naturaleza con fines de lucro, las Sociedades Anónimas Deportivas no pueden recibir subsidios, transferencias ni subvenciones del ente rector del deporte, según el artículo 182 de la ley. Los clubes tradicionales sí conservan ese acceso.

Es decir: Ecuador no solamente está modificando quién puede dirigir las organizaciones deportivas. También está cambiando la arquitectura jurídica y económica con la que pueden funcionar.

La plata: 51,7 millones, pero lejos del máximo histórico/

El Gobierno de Noboa anunció en febrero de 2026 un incremento del 25% en las asignaciones destinadas a los organismos deportivos. El monto anunciado asciende a USD 51,7 millones.

De ese total, USD 41,8 millones corresponden al deporte formativo y USD 7,4 millones al alto rendimiento. El Gobierno también anunció aumentos para educación física y recreación.

El número es significativo, pero necesita contexto.

USD 73,7 M USD 51,7 M
Presupuesto codificado del sector deporte en 2023 frente al monto anunciado para 2026. El aumento del 25% es real contra 2025, pero no contra la serie histórica reciente.

El incremento del 25% es correcto cuando se compara con los USD 41,3 millones de 2025. Sin embargo, el presupuesto codificado del sector había alcanzado USD 62,1 millones en 2022 y USD 73,7 millones en 2023, según la verificación de Ecuador Chequea.

Por eso, más que un máximo histórico, los USD 51,7 millones representan una recuperación respecto de un piso presupuestario reciente.

La diferencia no es menor.

La propia autoridad deportiva ecuatoriana explicó que el incremento del 25% corresponde a las asignaciones para organismos deportivos y se relaciona con gasto corriente. No significa que todas las partidas de inversión o los programas de alto rendimiento hayan aumentado en la misma proporción.

La pregunta relevante para la política deportiva, entonces, no es solamente cuánto dinero hay.

Es cuánto llega efectivamente al atleta, cuánto se destina a infraestructura, cuánto financia preparación internacional y qué resultados produce.

El deporte que baja a la sociedad/

Mientras la cúpula olímpica estaba intervenida, la base del sistema siguió funcionando con dos programas gratuitos que son hoy la principal política deportiva de masas del Estado ecuatoriano.

Actívate promueve la actividad física regular en barrios, comunidades y parques a través de “puntos activos”: jornadas de bailoterapia, running, ejercicios funcionales y actividades recreativas, tres veces por semana. Vamos a la Cancha se concentra en la práctica deportiva recreativa para niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años en condiciones de vulnerabilidad.

En 2025, los dos servicios cerraron con más de 85.000 beneficiarios y 1.348 puntos activos en las 24 provincias del país. Actívate aportó 50.044 participantes con 691 puntos; Vamos a la Cancha, 35.716 participantes con 657 puntos.

85.000 235.000
Beneficiarios de Actívate y Vamos a la Cancha en 2025 frente a la meta oficial para 2026: 145.000 en Actívate y 90.000 en Vamos a la Cancha, según el viceministro Roberto Ibáñez. El acumulado de ambos programas supera las 409.000 personas.

La apuesta se refleja en el presupuesto. Dentro del incremento de 2026, las partidas que más crecieron en términos relativos no fueron las del alto rendimiento sino las de educación física, con un 50%, y recreación, con un 52%.

Segmento Programa vigente Qué ofrece y quién lo ejecuta
Infancias y adolescencia (5 a 17) Vamos a la Cancha Práctica deportiva recreativa gratuita en 657 puntos activos, focalizada en población vulnerable. Viceministerio del Deporte.
Infancias (7 a 12) Vacacional Vamos a la Cancha Colonia gratuita en receso escolar, con módulos por sede y oferta multideporte. Viceministerio del Deporte.
Cantera (8 a 17) Juegos Deportivos Nacionales Competencia por ciclos entre las 24 federaciones provinciales. Es la vía formal de detección de talento hacia el alto rendimiento.
Población general y adultos Actívate Actividad física en barrios y parques, tres veces por semana, en 691 puntos activos. Viceministerio del Deporte.
Tercera edad Convenio Deporte · Desarrollo Humano Instructores de Actívate y Vamos a la Cancha llevan sus servicios a centros gerontológicos. Ejecución compartida con la cartera social.
Tercera edad en vulnerabilidad Misión Mis Mejores Años Envejecimiento activo para mayores de 65 años: espacios activos, atención diurna, residencial y domiciliaria. Ministerio de Desarrollo Humano, no el sistema deportivo.
Grupos de atención prioritaria Convenios interinstitucionales Casas de acogida, casas de la juventud y centros para personas con discapacidad; alianza con ACNUR para población en movilidad humana.
Fuente: Ministerio de Educación, Deporte y Cultura y Ministerio de Desarrollo Humano del Ecuador (2025-2026).

Las infancias: recreación abajo, cantera arriba/

La política para las infancias tiene dos pisos claramente separados.

Abajo está la recreación: Vamos a la Cancha y su versión vacacional, pensadas como uso del tiempo libre, prevención de la violencia y reducción del sedentarismo. Es un dispositivo de política social ejecutado con instructores y espacios prestados, no una estructura de formación deportiva.

Arriba está la cantera: los Juegos Deportivos Nacionales, que organizan la competencia entre las 24 federaciones provinciales por ciclos de edad. Los XIII Juegos Nacionales Prejuveniles Azuay 2026 se disputaron del 30 de julio al 16 de agosto y reunieron a 3.536 deportistas de entre 8 y 17 años en 19 deportes y 26 disciplinas, con una inversión estatal de USD 840.000.

Ese número merece una comparación incómoda: el Estado destinó a los Juegos Nacionales formativos casi lo mismo que a toda la delegación que compite en Santa Fe 2026. Son USD 840.000 contra USD 870.000.

Es una señal de prioridad, pero también de escala. Todo el sistema ecuatoriano —base y cúpula— se mueve en órdenes de magnitud que en otros países de la región corresponden a un solo programa.

La tercera edad: el segmento sin política deportiva propia/

Acá aparece el hueco del sistema.

Ecuador no tiene un programa deportivo específico para adultos mayores. Lo que existe es una doble vía indirecta.

La primera es Actívate, que no está segmentado por edad: sus puntos activos en parques y barrios funcionan de hecho como espacio de actividad física para personas mayores, pero sin diseño, meta ni medición propios para ese grupo.

La segunda es un convenio de cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Humano y el Viceministerio del Deporte, por el cual los instructores de Actívate y Vamos a la Cancha llevan sus servicios a los centros gerontológicos, casas de acogida, casas de la juventud y centros para personas con discapacidad de la cartera social. Se firmó en el Hogar del Anciano San Vicente de Paúl, en Atuntaqui.

Por fuera del sistema deportivo, la Misión Mis Mejores Años del Ministerio de Desarrollo Humano trabaja el envejecimiento activo de mayores de 65 años en situación de vulnerabilidad, con espacios activos, atención diurna, residencial y domiciliaria. Es política social con componente de actividad física, no política deportiva.

La consecuencia es de diseño, no de voluntad: si la actividad física de la tercera edad depende de un convenio entre carteras, cualquier reorganización institucional —como la que Ecuador acaba de atravesar— la deja sin dueño claro.

El origen de la pelea/

La crisis comenzó con una elección.

El 5 de mayo de 2025, Jorge Delgado Panchana fue reelegido presidente del COE para el período 2025-2029. Obtuvo 37 votos contra 33 de Roberto Ibáñez, entonces presidente de la Federación Deportiva del Guayas. Jefferson Pérez integraba la fórmula ganadora como primer vicepresidente.

El problema apareció inmediatamente después.

Los sectores que cuestionaban la candidatura de Delgado sostenían que su elección podía entrar en conflicto con las restricciones a la reelección dirigencial previstas en la normativa ecuatoriana. Delgado ya había formado parte de directorios anteriores y había presidido el COE durante el período previo.

El COE, en cambio, sostuvo la validez de su elección. El 6 de febrero de 2026, tras una reunión con Jerome Poivey y James Macleod por el COI y con Jimena Saldaña y Neven Ilic por Panam Sports, el Comité Olímpico Internacional ratificó el reconocimiento de la directiva 2025-2029 y afirmó que el proceso eleccionario se había desarrollado en el marco de la ley y de la Carta Olímpica.

Hay además un elemento jurídico que el propio COE puso sobre la mesa: según el organismo, un pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado de marzo de 2026 estableció que, para los procesos electorales anteriores al 11 de febrero de 2026, debía aplicarse el régimen vigente al momento de la primera elección del dirigente, es decir el artículo 151 de la ley de 2010.

El Gobierno decidió no registrar el nuevo directorio.

Y allí comenzó el bloqueo institucional.

Sin directorio reconocido por la autoridad estatal, el COE quedó sin representación legal para operar administrativamente frente al Estado. La disputa dejó de ser una discusión jurídica sobre una elección y pasó a convertirse en una crisis de gobernanza deportiva.

Cuando el árbitro también había sido candidato/

Hay un elemento especialmente sensible en la disputa.

Roberto Ibáñez, derrotado por Delgado en la elección del COE de mayo de 2025, pasó posteriormente a ocupar el cargo de viceministro del Deporte. Desde esa posición quedó involucrado en la estructura estatal que debía decidir sobre la situación jurídica del directorio que había derrotado a su propia candidatura.

El Gobierno sostiene que su actuación responde a la obligación de hacer cumplir la legislación ecuatoriana.

La otra parte interpreta que el Estado utilizó una controversia jurídica para desconocer una elección realizada por una organización deportiva autónoma.

La designación posterior de Noelia Caicedo como interventora agregó otro elemento de controversia: Caicedo había integrado la lista de Ibáñez en las elecciones del COE.

Ese dato no demuestra por sí mismo una ilegalidad.

Pero sí plantea una pregunta de gobernanza que merece ser respondida: ¿qué mecanismos de independencia y prevención de conflictos de interés deben existir cuando una autoridad pública interviene en una organización cuyo proceso electoral cuestionó?

Autonomía deportiva versus control estatal/

Aquí aparece el verdadero centro del conflicto.

Las reglas 27 y 28 de la Carta Olímpica protegen la autonomía de los Comités Olímpicos Nacionales y establecen la responsabilidad del movimiento olímpico de preservar esa independencia.

Pero la autonomía deportiva tampoco significa ausencia de control público.

El COE administra recursos, interactúa con organismos estatales y forma parte de un sistema deportivo que recibe financiamiento público. El Estado, por lo tanto, tiene razones legítimas para exigir transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento de la legislación nacional.

El problema aparece cuando el control administrativo comienza a afectar directamente la autonomía electoral de una organización olímpica.

Ese es el límite que el caso ecuatoriano vuelve a poner sobre la mesa.

La pregunta no es si el Estado puede controlar.

La pregunta es hasta dónde puede hacerlo sin convertirse en quien decide quién gobierna el deporte.

La cuenta llega a Santa Fe 2026/

La disputa institucional tuvo una consecuencia deportiva concreta: los plazos.

Los XIII Juegos Suramericanos Santa Fe 2026 comenzarán el 12 de septiembre y terminarán el 26. Santa Fe, Rosario y Rafaela serán las tres ciudades sede: es la primera vez que una provincia organiza la competencia.

Participarán más de 4.000 atletas de 15 países en 43 deportes y 60 disciplinas. Además, 26 disciplinas otorgarán plazas clasificatorias para los Juegos Panamericanos Lima 2027.

Para los países participantes, por lo tanto, Santa Fe no es solamente una competencia regional.

Es también una estación del ciclo que conduce a Lima 2027 y, para muchos deportistas, una instancia relevante en la construcción del camino hacia Los Ángeles 2028.

En ese contexto, la crisis institucional ecuatoriana llegó en el peor momento posible.

La delegación que el Ministerio había proyectado inicialmente rondaba los 261 deportistas. Tras el conflicto, distintas cifras preliminares ubicaron la nómina alrededor de los 160. El 30 de julio, el Gobierno anunció que destinaría cerca de USD 870.000 para la representación del país en los Juegos.

261 ~160
Deportistas: la proyección original del Ministerio frente a las cifras preliminares posteriores a la crisis. El número definitivo depende de la nómina que publique el COE.

Esa cifra debe seguir tratándose como preliminar hasta que el COE publique la nómina definitiva.

Pero incluso sin convertir ese número en una cifra oficial, el problema es evidente: cuanto más tiempo permanece paralizado un organismo olímpico, más difícil resulta coordinar inscripciones, viajes, acreditaciones, preparación, equipamiento y financiamiento.

Los deportistas son los últimos eslabones de una cadena institucional que ellos no controlan.

Ecuador llega desde su mejor momento olímpico/

La paradoja es todavía más fuerte si se mira el rendimiento internacional reciente.

En París 2024, Ecuador llevó 40 deportistas y consiguió cinco medallas: una de oro, dos de plata y dos de bronce.

Brian Daniel Pintado ganó el oro en los 20 kilómetros de marcha y también consiguió una plata junto a Glenda Morejón en el relevo mixto de marcha. Lucía Yépez obtuvo la plata en lucha, y Angie Palacios y Neisi Dajomes consiguieron bronces en halterofilia.

Fue la mejor actuación olímpica de Ecuador en su historia: puesto 49 del medallero general y segundo país sudamericano detrás de Brasil.

Antes de París, Ecuador ya había conseguido tres medallas en Tokio 2020: los oros de Richard Carapaz y Neisi Dajomes y la plata de Tamara Salazar. A ellas se suman las dos medallas de Jefferson Pérez: el oro de Atlanta 1996 y la plata de Beijing 2008.

En total, Ecuador acumula diez medallas olímpicas. La mitad llegó entre Tokio 2020 y París 2024.

Eso cambia la lectura de la crisis.

No se trata de un país que está intentando construir desde cero un sistema de alto rendimiento. Se trata de un país que acaba de atravesar su mejor ciclo olímpico y que, al mismo tiempo, enfrenta una de las mayores crisis institucionales de su deporte.

Un sistema que funciona a pesar de su inestabilidad/

El rendimiento ecuatoriano también muestra algo más profundo.

Marcha, halterofilia, lucha y ciclismo concentran buena parte de sus éxitos olímpicos recientes. Son disciplinas en las que Ecuador construyó capacidades competitivas específicas y desarrolló atletas capaces de disputar medallas en el máximo nivel.

Eso permite formular una hipótesis de política deportiva: parte del éxito ecuatoriano no depende exclusivamente de una estructura estatal centralizada, sino de ecosistemas deportivos específicos —entrenadores, federaciones, territorios, procesos de formación— que consiguieron sostener resultados pese a los cambios institucionales.

Pero esa capacidad también tiene un límite.

El talento individual puede sobrevivir a una crisis dirigencial. Un sistema deportivo sostenible, no necesariamente.

El antecedente de Guatemala/

La advertencia del COI tampoco puede entenderse como una amenaza abstracta.

Guatemala ofrece un antecedente cercano.

En 2022, el Comité Olímpico Internacional suspendió al Comité Olímpico Guatemalteco después de una disputa institucional que involucró a la justicia y a las autoridades nacionales. La suspensión se hizo efectiva el 15 de octubre de ese año.

La consecuencia fue concreta: los atletas guatemaltecos compitieron en los Juegos Panamericanos Santiago 2023 como atletas independientes, sin representación oficial de su Comité Olímpico Nacional. El COI recién levantó provisionalmente la sanción el 19 de marzo de 2024.

El caso mostró qué ocurre cuando la disputa entre Estado y movimiento olímpico supera el límite de tolerancia institucional.

Ecuador estuvo cerca de entrar en esa zona de riesgo. La diferencia es que esta vez la salida llegó antes de que el conflicto desembocara en una suspensión internacional.

Lo que queda abierto/

La salida de julio resolvió la emergencia. No necesariamente resolvió las causas.

01 El conflicto de interés institucional.
Roberto Ibáñez perdió la elección del COE en 2025 y posteriormente ocupó el Viceministerio del Deporte, desde donde el Estado intervino sobre el organismo cuya elección había ganado Delgado. Aunque eso no prueba una actuación irregular, constituye un problema de percepción y gobernanza que requiere mecanismos claros de prevención.
02 La autonomía del movimiento olímpico.
El reconocimiento del COI y de Panam Sports a la conducción de Jefferson Pérez cerró la etapa más crítica. Pero la compatibilidad entre la Ley del Deporte ecuatoriana y los principios de la Carta Olímpica sigue siendo materia pendiente entre el Estado y el movimiento olímpico.
03 La nueva ley.
La reforma busca objetivos legítimos: limitar la permanencia indefinida de dirigentes, transparentar recursos, regular los pronósticos deportivos y profesionalizar determinadas estructuras. El desafío será aplicar esas reglas sin que se conviertan en herramientas de intervención política.
04 El nuevo modelo económico.
Las Sociedades Anónimas Deportivas abren una vía para modificar la estructura financiera y empresarial de los clubes, y la reglamentación de junio de 2026 la volvió operativa. Pero obliga a discutir qué lugar ocupará el financiamiento público en un sistema donde coexistirán organizaciones sin fines de lucro y estructuras societarias con fines comerciales.
05 El rendimiento deportivo.
Ecuador acaba de conseguir su mejor actuación olímpica. El desafío de Jefferson Pérez será transformar la normalización institucional en una estructura capaz de sostener ese rendimiento hasta Lima 2027 y Los Ángeles 2028.

La pregunta que queda/

El Gobierno ecuatoriano tiene un argumento difícil de descartar: los organismos que reciben fondos públicos deben rendir cuentas y cumplir la ley.

El movimiento olímpico también tiene un argumento difícil de descartar: un Estado no puede utilizar el control administrativo para decidir quién gobierna una organización olímpica.

Ambas cosas pueden ser ciertas al mismo tiempo.

El problema aparece cuando la frontera entre control y autonomía se vuelve difusa.

Ecuador no necesitaba elegir entre transparencia y autonomía. Necesitaba encontrar un mecanismo institucional que garantizara las dos.

La nueva conducción de Jefferson Pérez tiene ahora esa tarea. Primero deberá reconstruir la institucionalidad del COE. Después, recuperar la confianza de las federaciones. Y finalmente demostrar que el país puede transformar el mejor ciclo olímpico de su historia en un sistema deportivo sostenible.

El 12 de septiembre, Ecuador estará en Rosario para la apertura de Santa Fe 2026.

La bandera estará allí.

La pregunta es qué sistema deportivo llegará detrás de ella.

Fuentes/

  1. Comité Olímpico Internacional. (2025). Carta Olímpica, reglas 27 y 28: misión, rol y autonomía de los Comités Olímpicos Nacionales. link
  2. Chappelet, J.-L. (2016). Autonomy and governance: necessary bedfellows in the fight against corruption in sport. Transparency International, Global Corruption Report: Sport. link
  3. Asamblea Nacional del Ecuador. (2026). Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, publicada en el Registro Oficial el 11 de febrero de 2026. link
  4. Presidencia de la República del Ecuador. (2025). Decretos ejecutivos de fusión por absorción de ministerios, publicados en el Registro Oficial el 19 de agosto de 2025. link
  5. Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. (2026). Resolución SCVS-INC-DNCDN-2026-002: Reglamento para la transformación de clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas. link
  6. Ministerio de Educación, Deporte y Cultura del Ecuador. (2026). Incremento del 25% en la asignación presupuestaria al deporte en 2026. link
  7. Ecuador Chequea. (2026). Verificación del aumento del 25% del presupuesto para deporte entre 2025 y 2026 según la proforma. link
  8. Ministerio de Educación, Deporte y Cultura del Ecuador. (2025). Los programas Actívate y Vamos a la Cancha benefician a más de 85.000 ecuatorianos. link
  9. Ministerio del Deporte del Ecuador. (2025). Convenio entre el Ministerio de Desarrollo Humano y el Viceministerio del Deporte para llevar actividades recreativas a grupos de atención prioritaria. link
  10. Ministerio de Desarrollo Humano del Ecuador. Misión Mis Mejores Años: envejecimiento activo para personas mayores de 65 años. link
  11. El Universo. (2026). Comienzan los XIII Juegos Nacionales Prejuveniles Azuay 2026. link
  12. El Universo. (2026). El COI ratifica el reconocimiento a la directiva del COE para el período 2025-2029. link
  13. Comité Olímpico Ecuatoriano. (2026). Nunca existió norma jurídica que impida el registro del directorio del COE (posición institucional del organismo). link
  14. Primicias. (2026). El COI advierte una posible exclusión de Ecuador tras la intervención estatal del COE. link
  15. Primicias. (2026). El 50% de las federaciones deportivas tiene vacíos legales y el Comité Olímpico sigue intervenido antes del inicio del ciclo olímpico. link
  16. Diario Expreso. (2026). El COI y Panam Sports reconocen a la directiva de Jefferson Pérez. link
  17. Gobierno de la Provincia de Santa Fe. (2026). XIII Juegos Suramericanos Santa Fe 2026: sedes, deportes y clasificación a Lima 2027. link
  18. Comité Olímpico Internacional. (2022). IOC Executive Board suspends NOC of Guatemala. link
  19. Comité Olímpico Internacional. (2024). IOC EB provisionally lifts suspension of NOC of Guatemala. link
Verificado al 24 de agosto de 2026. La cifra de deportistas para Santa Fe 2026 es preliminar y está sujeta a la nómina definitiva del COE.

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