Desde 2011, toda empresa venezolana con utilidad neta superior a veinte mil unidades tributarias aporta el 1% al Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte. Es el mecanismo de financiamiento deportivo más ambicioso de la región. En 2024, con ese instrumento vigente hace trece años, el país cerró unos Juegos Olímpicos sin podio por primera vez en veinticuatro años.
Venezuela tiene uno de los mecanismos de financiamiento deportivo con afectación específica más particulares de Sudamérica.
Desde 2011, las empresas y otras personas jurídicas con fines de lucro que desarrollan actividades económicas en el país y superan las 20.000 Unidades Tributarias de utilidad neta o ganancia contable deben aportar el 1% de ese resultado al Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física.
La arquitectura es relevante por una razón: el dinero no depende exclusivamente de una asignación anual del presupuesto nacional. La propia ley establece el fondo, determina el origen de sus recursos y fija que el aporte empresarial tenga como destino el desarrollo y fomento de la actividad física y el deporte, además del patrocinio deportivo y la atención integral de los atletas.
El problema aparece cuando se mira el resultado deportivo de alto rendimiento.
En París 2024, Venezuela terminó los Juegos Olímpicos sin ninguna medalla. Participaron 32 atletas en 11 deportes y el país consiguió siete diplomas olímpicos. Fue la primera vez desde Sídney 2000 que la delegación venezolana regresó de unos Juegos de Verano sin subir al podio.
El contraste es el punto de partida: Venezuela construyó un mecanismo estable y específico para financiar el deporte, pero esa estabilidad financiera no puede medirse automáticamente como eficacia deportiva.
La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, sancionada en 2011, creó el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física.
Su artículo 68 establece que el aporte empresarial es del 1% de la utilidad neta o ganancia contable anual cuando esta supera las 20.000 Unidades Tributarias. El fondo también puede recibir donaciones y aportes extraordinarios de organismos públicos y privados.
El mecanismo fue reglamentado en 2012. El Reglamento Parcial N.º 1 establece que el aporte puede realizarse en efectivo o, bajo determinadas condiciones, mediante proyectos deportivos incluidos en el banco de proyectos correspondiente. El componente destinado a proyectos no puede superar el 50% del aporte. La declaración debe realizarse en línea dentro de los 120 días continuos posteriores al cierre del ejercicio contable.
Hay además un detalle importante: una empresa que se registra como sujeto pasivo debe continuar presentando declaraciones en los ejercicios siguientes incluso cuando su utilidad sea inferior al umbral y, por lo tanto, no tenga que efectuar el aporte.
| Elemento | Funcionamiento |
|---|---|
| Base legal | Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, artículo 68 |
| Sujetos alcanzados | Personas jurídicas con fines de lucro que realizan actividades económicas en Venezuela |
| Umbral | Utilidad neta o ganancia contable superior a 20.000 UT |
| Alícuota | 1% de la utilidad neta o ganancia contable |
| Destino | Desarrollo deportivo, actividad física, patrocinio y atención integral de atletas |
| Forma de pago | Dinero o, bajo condiciones reglamentarias, proyectos deportivos (hasta el 50%) |
| Plazo | Hasta 120 días continuos después del cierre del ejercicio |
El Tribunal Supremo de Justicia venezolano también intervino sobre la naturaleza jurídica del aporte, que fue caracterizado como un tributo asociado a la actividad lucrativa de los sujetos alcanzados. Por eso, más que hablar de “un impuesto al deporte”, resulta técnicamente más preciso hablar de un aporte de naturaleza tributaria y con destino específico.
El dato más importante de toda la investigación no es cuánto establece la ley. Es cuánto recauda realmente.
Y ahí aparece el principal agujero de información.
No se encuentran disponibles, con el nivel de desagregación y continuidad necesario para una auditoría externa, series públicas completas que permitan establecer cuánto dinero ingresó cada año al Fondo, cuánto se destinó a infraestructura, cuánto al alto rendimiento, cuánto al deporte formativo y cuánto terminó canalizado mediante proyectos empresariales.
Tampoco resulta sencillo reconstruir, a partir de información pública accesible, cuánto del aporte empresarial termina efectivamente llegando al atleta.
El sistema tiene una fuente legalmente definida de ingresos, pero la trazabilidad pública de esos recursos es mucho más difícil de reconstruir.
Ese punto cambia la discusión. La pregunta no es solamente cuánto se recauda: es cuánto se recauda, cómo se distribuye, qué objetivos se fijan, qué indicadores se utilizan y qué resultados deportivos produce cada unidad de gasto. Sin esas variables, no es posible establecer una relación causal entre el 1% empresarial y el rendimiento internacional.
En Tokio, Venezuela obtuvo cuatro medallas: una de oro y tres de plata. Yulimar Rojas ganó el salto triple; Julio Mayora y Keydomar Vallenilla consiguieron dos platas en halterofilia; y Daniel Dhers obtuvo otra en BMX freestyle.
Tres años después, el escenario fue completamente diferente. Rojas no pudo competir por una lesión, Dhers no consiguió la clasificación y ni Mayora ni Vallenilla repitieron sus podios.
Pero hay una precaución importante: no se puede utilizar París 2024, por sí solo, como prueba de que el sistema de financiamiento deportivo venezolano fracasó. El rendimiento olímpico depende de múltiples variables: talento disponible, lesiones, clasificación, continuidad de los ciclos, calidad de entrenadores, infraestructura, competencias internacionales, ciencias aplicadas y condiciones económicas y sociales.
Lo que París sí permite es formular una pregunta de política pública: ¿el modelo venezolano genera condiciones suficientes para transformar financiamiento estable en un sistema sostenido de alto rendimiento?
Si el alto rendimiento venezolano retrocedió, la masificación siguió otro camino. Y acá el país exhibe una arquitectura de programas mucho más densa que la mayoría de sus vecinos.
El Plan Nacional del Deporte organiza tres sistemas competitivos paralelos —estudiantil, comunal y universitario— y un viceministerio propio de Masificación Deportiva, a cargo de Juan Carlos Amarante, con una dirección general específica llamada Deportes para Todos.
| Segmento | Programa | Qué ofrece y quién lo ejecuta |
|---|---|---|
| Infancias en edad escolar | Juegos Deportivos Estudiantiles | Competencia por fases —intercursos, estadal y nacional— en instituciones públicas, privadas y subvencionadas. Ministerios de Deporte y Educación. |
| Niñez desde los 9 años | Juegos Deportivos Comunales | 27 disciplinas en cinco fases, con la primera reservada a chicos y chicas de 9 a 12 años. Se despliega por consejos y circuitos comunales. |
| Adolescencia y juventud | Juegos Juveniles y Universitarios | Instancias de captación de la llamada reserva deportiva, con calendario nacional propio. |
| Población general | Festivales recreativos | Jornadas masivas en Carnaval y Semana Santa, articuladas por recreadores y activistas comunitarios. |
| Tercera edad | “Años con Energía” | Programa de actividad física para adultos mayores, articulado entre el Ministerio del Deporte y el de Adultos Mayores. |
| Tercera edad | Gran Misión Abuelos y Abuelas de la Patria | Cuatro vértices: salud y alimentación, protección integral, movimiento de abuelos y abuelas, y creación de casas de abuelos. |
Los Juegos Deportivos Estudiantiles son la pieza central. La fase intercursos de 2026 arrancó el 28 de enero y se extendió hasta el 27 de marzo, con inscripción a través de un sistema único de registro gestionado por los directores de cada institución.
Según las cifras del Ministerio del Deporte, la convocatoria alcanzó 1.350.248 estudiantes inscriptos: 656.127 mujeres y 694.121 varones. La fase estadal comenzó el 19 de mayo y la nacional se disputó del 14 al 30 de julio en Zulia, Falcón y Trujillo.
El segundo circuito es comunal. Los Juegos Deportivos Comunales se despliegan sobre la estructura territorial del Estado: según el ministro Franklin Cardillo, alcanzan 48.183 consejos comunales y 5.536 circuitos comunales. Son 27 disciplinas en cinco fases, y la primera está reservada a chicos y chicas de 9 a 12 años.
El propósito declarado es explícito. El director general de Deporte Escolar lo formuló así al lanzar la edición 2026: la apuesta es que de ahí salgan el próximo Julio Mayora, el próximo Keydomar Vallenilla y la próxima Yulimar Rojas.
Ese es, precisamente, el punto donde la evidencia todavía no acompaña. Un sistema de captación de esa escala debería estar produciendo un flujo continuo de atletas de elite, y el resultado de París 2024 sugiere que la conversión entre base y podio no está funcionando.
Acá Venezuela se aparta de casi todos sus vecinos.
En 2024, el Estado venezolano creó una cartera específica: el Ministerio del Poder Popular para los Adultos Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria. Magally Viña la conduce desde agosto de ese año. Es una estructura con rango ministerial dedicada exclusivamente a la tercera edad, algo que ningún otro país de la serie tiene.
De esa cartera depende la Gran Misión Abuelos y Abuelas de la Patria, organizada en cuatro vértices: salud y alimentación, protección integral, movimiento de abuelos y abuelas, y creación de casas de abuelos en cada parroquia.
La pata deportiva se llama “Años con Energía”, un programa de actividad física articulado con el Ministerio del Deporte y sostenido en el territorio por los círculos de abuelos y las Brigadas de Protección Social. El 3 de junio de 2026, en el Día Nacional del Adulto Mayor, ese esquema reunió a más de dos mil personas en el gimnasio José Beracasa del Parque Naciones Unidas, en Caracas, con los dos ministros presentes.
Y hay un hito concreto: en 2025, los III Juegos Deportivos Comunales incorporaron a los adultos mayores por primera vez en su historia. El sistema competitivo comunal, que hasta entonces era exclusivamente de niños y jóvenes, pasó a tener una franja para la tercera edad.
Comparado con Ecuador, donde la actividad física de los adultos mayores depende de un convenio entre carteras y no tiene meta ni medición propia, el diseño venezolano es institucionalmente más sólido. Que sea más sólido en el papel no dice nada sobre su ejecución real, y ese sigue siendo el límite de todo este análisis.
El Viceministerio de Masificación informó que en 2025 sus programas atendieron a 12,7 millones de personas y que se formaron 5.144 voceros comunales, 2.162 recreadores y 7.046 activistas físicos y comunitarios. Para 2026 anunció la meta de activar 47.000 comités de deporte en consejos comunales.
Corresponde señalar el problema de esas cifras. La primera equivale a cerca de la mitad de la población que hoy vive en el país, estimada por el FMI en unos 26,9 millones de habitantes. Son datos autoinformados por el organismo que ejecuta los programas, difundidos a través de medios estatales, sin auditoría independiente ni metodología pública que aclare qué se cuenta como “persona atendida”.
No se reproducen acá como evidencia de cobertura. Se consignan como lo que son: la magnitud que el propio Estado declara.
Daniella Ramírez ganó la medalla de plata en natación artística con Estados Unidos en París 2024.
Ramírez es de origen venezolano y sus padres son tachirenses, pero nació en Indianápolis y desarrolló su carrera deportiva dentro del sistema estadounidense. Por eso no corresponde presentarla como una atleta que Venezuela perdió por falta de financiamiento. Sí puede incorporarse a una discusión más amplia sobre la circulación internacional del talento venezolano.
La misma lógica aparece en otro caso. Daniel Dhers, medallista de plata venezolano en Tokio, llegó a París 2024 como entrenador del equipo chino de BMX freestyle. Bajo su conducción, Deng Yawen consiguió el oro olímpico en la prueba femenina.
El dato es potente porque muestra que el capital deportivo venezolano no desapareció. En algunos casos, simplemente terminó desarrollándose fuera del sistema nacional.
Según datos citados por el Congressional Research Service a partir de estimaciones de ACNUR, unos 7,8 millones de venezolanos viven fuera del país desde el inicio de la crisis migratoria.
No es correcto afirmar que todos esos migrantes sean deportistas ni que la emigración explique por sí sola el retroceso olímpico. Pero sí es razonable incorporar la variable migratoria al análisis de una política de alto rendimiento.
Un sistema deportivo necesita atletas, pero también entrenadores, preparadores físicos, médicos, fisioterapeutas, psicólogos, dirigentes, árbitros y especialistas en ciencias aplicadas. Cuando una sociedad pierde una parte significativa de su población, también puede perder capital humano deportivo.
El dinero puede financiar una pista. No puede garantizar que el entrenador que formó a un campeón permanezca en el país.
En agosto de 2024, el gobierno de Nicolás Maduro dividió el entonces Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte en dos carteras: Juventud por un lado y Deporte por otro. Arnoldo Sánchez quedó al frente de la nueva cartera deportiva.
En febrero de 2025, Franklin Cardillo fue designado ministro del Poder Popular para el Deporte mediante el Decreto N.º 5.094, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.885.
El dato es relevante, pero conviene no sobredimensionarlo: una modificación administrativa no demuestra por sí misma una mejora o un deterioro de la política deportiva. Lo que sí merece seguimiento es si la nueva estructura consigue traducir el financiamiento existente en una estrategia de alto rendimiento con objetivos medibles hacia Los Ángeles 2028.
La historia cambia cuando el punto de comparación deja de ser el podio olímpico.
En los Juegos Suramericanos de Asunción 2022, Venezuela terminó quinta en el medallero, con 31 medallas de oro, 43 de plata y 57 de bronce: 131 preseas en total. No estamos ante un sistema deportivo colapsado.
La diferencia entre el rendimiento suramericano y el olímpico es, precisamente, uno de los puntos más interesantes para estudiar. El sistema parece tener capacidad para producir resultados en competencias regionales, pero encuentra dificultades para sostener la misma competitividad en el escenario olímpico.
Eso obliga a mirar algo más que el volumen de recursos. También hay que observar cómo se asignan, con qué prioridades, durante cuánto tiempo y bajo qué sistema de evaluación.
Los XIII Juegos Suramericanos Santa Fe 2026 se disputarán entre el 12 y el 26 de septiembre en Santa Fe, Rosario y Rafaela, con más de 4.000 atletas de 15 países y 43 deportes.
En halterofilia —el deporte que le dio dos de las cuatro medallas de Tokio— viajan Keydomar Vallenilla, que competirá en 95 kilos, y Julio Mayora, que va por su tercer título suramericano consecutivo en 75.
No será una prueba equivalente a unos Juegos Olímpicos. Pero sí permitirá observar la profundidad de la base competitiva, la capacidad de sus federaciones y la continuidad de determinados programas de alto rendimiento. Y, sobre todo, permitirá comparar el desempeño venezolano con el de países que usan modelos de financiamiento diferentes.
Argentina ofrece un contraste interesante, porque también tuvo durante años un mecanismo de financiamiento deportivo con afectación específica.
La Ley 26.573, sancionada en 2009, creó el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo y estableció originalmente que una de sus fuentes de financiamiento fuera un cargo del 1% sobre el precio del abono de telefonía celular, neto de IVA. La reforma tributaria de 2017, mediante la Ley 27.430, reemplazó ese mecanismo por una transferencia anual establecida en el Presupuesto nacional.
Ambos países aplicaron, en momentos diferentes, la misma intuición de política pública: crear una fuente relativamente estable y específica para financiar el alto rendimiento.
La diferencia está en el diseño. Venezuela mantiene un aporte empresarial vinculado a las utilidades y afectado al fondo deportivo. Argentina pasó de un cargo específico sobre la telefonía celular a una transferencia presupuestaria establecida por ley.
Ninguno de los dos mecanismos garantiza por sí mismo medallas. La diferencia fundamental está en la gobernanza, la transparencia, la planificación y la evaluación de resultados.
El aporte venezolano no debería presentarse como una anomalía simplemente porque sea obligatorio y tenga destino específico. La idea de afectar recursos a un objetivo deportivo también existió en Argentina y financió el alto rendimiento a través del ENARD hasta la reforma de 2017.
El problema no es necesariamente afectar recursos. El problema aparece cuando la afectación no está acompañada por información suficiente para evaluar el resultado.
Un fondo puede garantizar previsibilidad. No puede garantizar eficiencia.
Venezuela lleva quince años con un mecanismo legal que obliga a determinadas empresas a aportar el 1% de sus utilidades al deporte. La norma sobrevivió a cambios económicos, crisis institucionales y transformaciones de la estructura estatal. El sistema deportivo, además, sigue produciendo atletas competitivos y conserva una posición importante en el escenario suramericano.
Pero París 2024 dejó una señal imposible de ignorar: un sistema puede tener financiamiento específico y, al mismo tiempo, no alcanzar el podio olímpico.
Eso no demuestra que el 1% sea ineficiente. Sí demuestra que el 1% no alcanza para explicar el rendimiento deportivo.
Porque la política deportiva no termina cuando se recauda el dinero. Empieza ahí.
Política, plata y poder detrás de la cancha. Sin ruido, sin clickbait.